LAS PROVINCIAS ESPAÑOLAS
Cuando hablamos de la división territorial de España podemos llegar a pensar que lo que hoy tenemos, ha sido siempre así y nada más alejado de la realidad. La actual división administrativa, más o menos, tiene su origen en la reforma de 1833, que ya son casi 200 años, pero no nos viene de más allá. Veámoslo.
JOSÉ ANTONIO PARRA TOMÁS
José Antonio Parra en Asociación la Tortuga de El charco
3/8/20267 min read


LAS PROVINCIAS ESPAÑOLAS
Javier de Burgos y Olmo, fue una figura clave, pero incómoda, del liberalismo español. Su actuación, como ministro de Fomento, fue decisiva en la construcción del Estado moderno, aunque, al mismo tiempo, fue un político muy criticado por su centralismo.
Había nacido en Motril en 1778. Estudio Derecho y adquirió una amplia cultura ilustrada, propia de la época. Desde joven mostró una mentalidad racionalista e interés por la organización del Estado, teniendo desconfianza hacia los particularismos territoriales.
Durante la guerra de la independencia (1808-1814), colaboró con el régimen de José I Bonaparte, ocupando cargos administrativos y defendiendo reformas modernas frente al viejo sistema.
Lógicamente, tras la derrota francesa, fue considerado “afrancesado”, teniendo que exiliarse en Francia, como otros muchos técnicos reformistas. Regresó a España en los años 20, sabiendo adaptarse con habilidad a los cambios de régimen.
Tras la muerte de Fernando VII y la regencia de su esposa María Cristina, mientras la minoría de edad de Isabel II, fue nombrado Ministro de Fomento. Y, desde ese ministerio diseñó, en 1833, la división provincial de España, una administración territorial jerárquica, e implantó el sistema de los gobernadores civiles.
La división provincial de España es una de las reformas administrativas más decisivas y duraderas de la historia contemporánea española. Fue concebida para racionalizar el Estado, reforzar el poder central y superar la confusión territorial heredada del Antiguo Régimen.
A inicios del siglo XIX, España seguía organizada según una estructura territorial caótica y desigual, propia del Antiguo Régimen: reinos históricos (Castilla, Aragón, Valencia, Navarra, etc.), provincias antiguas (muy desiguales en tamaño y población), señoríos jurisdiccionales, corregimientos, partidos, intendencias y territorios con fueros propios (Navarra y País Vasco). Esto hacía muy difícil la recaudación fiscal, el control administrativo, la aplicación uniforme de leyes y el gobierno del territorio.
Desde el siglo XVIII, los ilustrados españoles (Campomanes, Floridablanca, Jovellanos…), defendían una división racional del territorio, y se inspiraban en el modelo francés de departamentos.
José I Bonaparte, en 1810, dividió España en prefecturas al estilo francés, pero nunca llegó a consolidarse por la guerra. Luego, durante el Trienio Liberal (1820–1823), se aprobó una división en 52 provincias, muy parecida a la definitiva, pero que, tras la restauración absolutista, Fernando VII anuló.
Fue ya, reinando Isabel II, bajo la regencia de su madre María Cristina, cuando siendo ministro de Fomento Javier de Burgos, se aprobó el Decreto de 30 de noviembre de 1833, cuyos objetivos principales fueron centralizar el Estado, facilitando la acción del gobierno, y asegurando una administración uniforme.
Se estableció, pues, la división de España en 49 provincias, que siguen vigentes en la actualidad (con la excepción de Canarias, que era una sola, y posteriormente se dividió en dos) y que se agrupaban en 15 regiones, en parte teniendo en cuenta la historia, y en parte no.
Casi todas las provincias recibieron el nombre de sus capitales (excepto algunas que conservaron sus antiguas denominaciones, como Navarra, Álava, Guipúzcoa, Vizcaya) y desaparecieron algunas que habían existido en la división de 1822, como la de Calatayud. La capital, casi siempre, sería la ciudad más importante.
Respecto a los límites de las provincias, aunque a veces pueden parecer arbitrarios, siguen criterios racionales: extensión (desde el punto más alejado de la provincia, debería poder llegarse a la capital en dos días, a caballo). Las provincias deberían tener una población entre 100.000 y 400.000 habitantes y coherencia geográfica. Eso sí, persistieron algunos enclaves que tenían su origen en la historia, como el Rincón de Ademuz (un trozo de Valencia incrustado en Teruel) o el condado de Treviño, que pertenece a Burgos, estando en Álava.
Cada provincia tendría las instituciones de gobierno básicas, creándose al tiempo los jefes políticos (los futuros gobernadores civiles, hoy delegados y subdelegados del Gobierno). Además, la división provincial será el soporte para todas las ramas de la Administración. Todos los ayuntamientos, deben estar íntegramente dentro de una provincia, y todas perfectamente delimitadas, con los enclaves correspondientes.
Las provincias se organizaron dentro de regiones históricas (sin valor administrativo): Andalucía, León, Castilla la Vieja, Castilla la Nueva, Cataluña, Galicia, Reino de Valencia, Aragón, Extremadura, Murcia, Asturias, Navarra, Baleares y Canarias.
Hubo algunas excepciones y particularidades. Por ejemplo, en Navarra y País Vasco, se mantuvieron formalmente los fueros, pero la división provincial supuso un primer paso hacia la uniformización. Los fueros vascos desaparecerían tras la Tercera Guerra Carlista (1876).
A lo largo del tiempo, ha habido algunas modificaciones. Así, Canarias, inicialmente constituía una sola provincia, pero en 1927 se dividió en dos: Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife; y la comarca de Caspe pasó de Teruel a Zaragoza, y la de Calamocha hizo lo contrario.
También hubo críticas y resistencias. Así, los Carlistas veían la división como un ataque a los reinos históricos. Los regionalistas posteriores denunciaron la ruptura de unidades históricas. Asimismo, algunas capitalidades fueron muy polémicas, como Logroño, Albacete y Ciudad Real.
La importancia histórica es evidente, ya que la división provincial es la base del Estado administrativo moderno, y sigue vigente casi dos siglos después. Sobre ella se construyeron las Diputaciones provinciales y las Comunidades autónomas (desde 1978).
Algunas de las provincias de la división de 1833 resultan más peculiares, no por capricho, sino porque rompen lógicas históricas, geográficas o de identidad. Así, por ejemplo, Albacete, se consideró una provincia “inventada”, ya que no existía como entidad histórica. Su territorio fue desgajado de La Mancha, Murcia y el antiguo Reino de Valencia. Su capital, no tenía tradición política previa. Surgió el conflicto con Chinchilla de Montearagón, una importante plaza defensiva, más antigua. Sin embargo, la decisión se inclinó por Albacete, que tuvo un rápido crecimiento, con la decadencia administrativa de Chinchilla. Caso clásico donde la capital crea la ciudad moderna.
Javier de Burgos necesitaba un centro administrativo en el sureste, rompiendo la influencia murciana y valenciana, equilibrando el tamaño entre provincias. Es un ejemplo claro de ingeniería administrativa pura, sin base histórica.
Logroño (La Rioja), una provincia sin región propia; antiguamente repartida entre Castilla y Navarra. Fue convertida en provincia aislada, sin región administrativa propia en 1833. La consecuencia es que se trata de un caso paradójico: la provincia crea la región, no al revés. La identidad nacida de un decreto.
Murcia, es un ejemplo de una provincia “incompleta”. El Antiguo Reino de Murcia fue fragmentado, perdiendo Albacete, partes de Alicante, y zonas de Almería. El resultado es una provincia reducida respecto a su historia, con un reino histórico convertido en provincia menor.
Teruel es una rareza administrativa. Se trata de una provincia con baja población, con escasa cohesión interna, y con una capital sin gran peso económico. Se creó para evitar provincias demasiado grandes, y servir de control del eje Aragón–Valencia.
Huelva se creó como provincia independiente, separándola artificialmente de Sevilla. La idea fue evitar el exceso poder sevillano, vigilar la frontera portuguesa y mantener el control minero (minas de Río Tinto). Provincia estratégica, pues, no histórica.
Aunque hemos visto el ejemplo de Chinchilla, la elección de otras capitales provinciales en 1833 fue, en muchos casos, más conflictiva que el trazado de las propias provincias. Javier de Burgos priorizó centralidad, control y comunicaciones, no prestigio histórico, y eso provocó protestas locales muy intensas.
Así, Almagro, que había sido capital del Campo de Calatrava y sede de la Orden de Calatrava, perdió la capitalidad por Ciudad Real, ciudad mucho más reciente, pero que tenía mejor posición central, era cruce de caminos y menor peso nobiliario y eclesiástico. Esto supuso un fuerte malestar en Almagro y el declive político definitivo de la villa. Un ejemplo de capitalidad funcional contra capitalidad histórica.
Otro ejemplo fue Calahorra y Nájera. Calahorra era sede episcopal, con gran peso eclesiástico, y Nájera había sido la capital histórica del reino navarro-riojano. La elección recayó en Logroño, ciudad comercial, sin tradición política fuerte, pero con una posición estratégica en el Ebro y gran dinamismo económico. Fue una victoria de la burguesía urbana frente a la tradición medieval.
También Vigo era una ciudad más poblada y más dinámica económicamente. Sin embargo, se eligió Pontevedra por tener menor conflictividad social y un mayor control político, dando lugar a un conflicto que se mantiene hasta hoy. Una capital tranquila frente a una ciudad industrial incómoda.
Úbeda y Baeza tenían gran peso renacentista, con gran influencia cultural y religiosa. Finalmente, se decidió que fuera Jaén porque también había sido capital en época castellana, siendo una fortaleza estratégica.
Albarracín era la antigua capital independiente, sede de Obispado propio. No obstante, Teruel estaba mejor comunicada, perdiendo Albarracín su papel político; fue el fin de una capital medieval por decreto.
Las capitales más polémicas revelan el alma de la reforma, es decir, no se premiaba la historia, ni se buscaba consenso local. Se buscaba gobernabilidad y control.
Un año después, en 1834, se dividen las provincias en partidos judiciales, y para ello se tienen en cuenta los límites provinciales. En los partidos judiciales se pondrán los juzgados de primera instancia e instrucción, que más tarde serían la base para los distritos electorales.
Esta división provincial fue la base del Estado administrativo moderno, y fue asumida, tanto por la Primera como por la Segunda República. Sobre ella se construyeron las Diputaciones provinciales y las Autonomías, a partir de la Constitución de 1978, en la que las regiones pasaron a llamarse Comunidades Autónomas y cambiaron algunas de ellas (Santander se convirtió en Cantabria, y antes pertenecía a Castilla la Vieja, igual que Logroño que pasó a ser La Rioja, saliéndose de Castilla la Vieja).
José Antonio Parra Tomás
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